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¿Qué son las licencias que otorga ACDAM?

El documento que se utiliza para gestionar y proteger los derechos de los autores ante los usuarios es el contrato- licencia, el cual establece la relación entre las entidades utilizadoras de las obras de los autores que representamos, y la ACDAM.

¿Qué objetivos persiguen las Licencias?

El objetivo de las Licencias otorgadas por la ACDAM es controlar el uso de nuestro repertorio por parte de las entidades que las explotan, garantizando el respeto y cumplimiento de lo establecido en la Ley 14/77, pues les otorga el derecho no exclusivo, de ejecutar públicamente dichas obras, estableciendo los montos que deben pagar por las diferentes modalidades de utilización que realizan, amparadas en las tarifas vigentes y la entrega de la información de las obras utilizadas.

¿Quiénes tienen que solicitar licencias?

Las personas naturales o jurídicas (utilizadores) que explotan obras creadas por el intelecto humano, con fines públicos.

Los utilizadores realizan voluntariamente los actos de comunicación pública de obras musicales, dramáticas y dramático-musicales en sus instalaciones o en otra locación donde se patrocine dicho acto. Para ello contratan el, talento artístico y/o utilizan equipos reproductores electrónicos o digitales, así como, aparatos de radio y televisión, entre otros.

¿Cuáles son los tipos de licencia que otorga ACDAM?
  • Licencias de Ejecución Pública: Mediante este tipo de licencias la ACDAM concede a los utilizadores el derecho no exclusivo de ejecutar públicamente las obras musicales de su repertorio a través de la utilización de fonogramas, videogramas, karaoke, presentaciones en vivo, espectáculos de cualquier tipo que incluya música, música ambiental, trasmisiones de radio y televisión incluyendo las efectuadas por cable o vía satélite.
  • Licencias de Reproducción Mecánica: Por medio de este tipo de licencias la ACDAM, concede a los productores fonográficos, el derecho no exclusivo a realizar fijaciones sonoras de las obras que integran su repertorio y a obtener, a partir de dichas fijaciones, discos, cintas o cassettes destinados a su sola audición, así como a poner en circulación dichos soportes bajo su marca para su venta al público.
  • Licencias de Sincronización de Obra Musical en Audiovisual: Por medio de esta licencia, el autor, sus herederos o causahabientes, a través de la ACDAM o a título personal, conceden a los productores audiovisuales, el derecho no exclusivo a incorporar obras musicales de las cuales es titular en un producto audiovisual.
  • Licencias para la explotación de obras musicales "On Line": El uso de las obras en Internet requiere de una autorización o licencia a cambio de una remuneración, cuestiones inherentes a la gestión del derecho de autor en lo que concierne a estas obras.
  • Licencias para la ejecución pública de obras dramáticas y dramático-musicales: Para la representación escénicas de éstas categorías de obras se conciertan licencias particulares, teatro por teatro y obra por obra sobre la base de las condiciones mínimas del contrato general aplicable.